SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1196/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1196/2015-S2

Fecha: 11-Nov-2015

i)

Por su parte Juan Carlos Cuellar Zurita, Fiscal Anticorrupción del departamento referido, señaló que: i) En el cuaderno de investigaciones se pudo evidenciar la acción directa de Edgar Conde y Russel Jurado Mamani, Funcionarios Policiales quienes informaron que acudiendo al llamado del guardia de seguridad de la casa de cambio, que dio cuenta que dos personas efectuaban el cambio de una alta suma de dinero, se aproximaron al lugar e interceptaron a los imputados, quienes habían realizado un viaje desde Maldonado a Rio Branco en Brasil, ingresado de forma legal con trámite migratorio. Posteriormente en taxi que les cobró         300.- (reales), se trasladaron a Brasilia; de ahí ingresaron ilegalmente a Bolivia, sin efectuar trámite migratorio, seguramente porque no podían acreditar la legalidad del origen del dinero y para evitar por esa causa el secuestro del dinero. Al percatarse de todos estos movimientos se procedió a su aprehensión; ii) El único acta que no está firmado por los policías es el de aprehensión, siendo esa la causa por la cual el Juez de Instrucción en lo Penal, consideró que no habría flagrancia; iii) Habiéndose apelado de la resolución que declaró la ilegalidad de la aprehensión, está a la espera de la audiencia; iv) Las investigaciones realizadas dieron cuenta que los imputados ingresaron a Brasil portando “soles” (moneda peruana), los cuales cambiaron por reales en Rio Branco y finalmente en Bolivia hicieron el cambio por dólares estadounidenses; v) Los imputados no acreditaron domicilio, familia y trabajo. Además existe riesgo de obstaculización, ya que existiría una tercera persona de nacionalidad brasilera; y, vi) En razón a que la casa de cambios informó que se hizo el cambio por $us26 000.-, se está efectuando una investigación sobre los restantes $us3 000.- (tres mil dólares estadounidenses). Añade que existe permiso para portar armas y pide que se deniegue la tutela solicitada.