SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1200/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1200/2015-S1

Fecha: 16-Nov-2015

Fragmento 12


El art. 54.1 del Código de Procedimiento Penal (CPP), determina que la labor del juez de instrucción en lo penal es ejercer el control de la investigación en la etapa preparatoria dentro de un proceso penal, pudiendo el denunciado o imputado ejercer la defensa de sus derechos y garantías desde el primer momento del proceso, de acuerdo al art. 5 del CPP, que señala: “El imputado podrá ejercer todos los derechos y garantías que la Constitución, las Convenciones y los Tratados internacionales vigentes y este Código le reconozcan, desde el primer acto del proceso hasta su finalización”.