SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1201/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1201/2015-S1

Fecha: 16-Nov-2015

II.4

II.4   Acta de audiencia de consideración de cesación a la detención preventiva efectuada el 15 de julio de 2015 a horas 09:30, el cual fue suspendida señalando que “… el hecho de que el fiscal de materia de Camargo no se encuentre en esta audiencia hace que tampoco pueda hacer revisión en este instante. Se debe tomar en cuenta que el MP es la autoridad que representa al estado para fines de la investigación y que su presencia hace que sea indispensable para la prosecución de la presente audiencia…” (sic) (fs. 41 a 42).

El accionante denuncia la vulneración de su derecho a la libertad personal y de libre tránsito; toda vez que, el Juez demandado, señaló audiencia de consideración de cesación a la detención preventiva, para el 15 de julio de 2015 a horas 09:30, por lo que se procedió a notificar a las partes y al Ministerio Público; una vez instalada la audiencia, el Juez demandado suspendió la misma para el 17 de igual mes y año, bajo el fundamento de que no estaba presente el representante del Ministerio Público, por lo que se estaría afectando el derecho a la igualdad de la denunciante que funge como víctima a la vez, lo cual motivó a que interponga recurso de reposición el cual fue denegado en audiencia.