SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1204/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1204/2015-S1

Fecha: 16-Nov-2015

a)

Solicitó se conceda la tutela de la presente acción de libertad y en consecuencia: a) Se disponga la cesación de los hechos denunciados; b) El restablecimiento del debido proceso; c) Se ordene el procesamiento del Funcionario Policial ahora demandado; y, d) La calificación de daños, perjuicios y costas por las horas que fue encerrado.

Santos Guzmán Rojas, Director Regional de la FELCV de Valle Alto, en audiencia manifestó que: a) En los libros que corren a su cargo, se registran los casos sobre las víctimas de la Ley 348, cuando estas se presentan para asentar una denuncia por violencia familiar o por otra agresión, estos son registrados en los libros de arrestos y aprehendidos, y que el “14 de julio de 2015” (sic) no se consignó el nombre del arrestado Néstor García Mérida, como tampoco de ningún arrestado y aprehendido; y, b) Freddy Huanca Sillero, el día 9 de junio de 2015, recibió su memorándum de vacaciones del 10 del mencionado mes y año, hasta el 21 de julio del citado año.

Juan Orellana Baltazar, quien a la pregunta del Juez de garantías “…¿Si, vio al señor Néstor García Mérida, que fue arrestado y si conoce al policía que lo arrestó? R.- No sé qué policías lo arrestaron (…) ¿Ud. vió que lo habían arrestado? R.- Si, casi 11 horas fue arrestado, desde las 09:00 hasta 09:30 a 10:00 p.m” (sic).