Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1232/2015-S2
Fecha: 12-Nov-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración de sus derechos a la salud y a la vida; dado que, dentro del proceso penal seguido en su contra en La Paz, presentó varios documentos y certificados médicos que acreditan su delicado estado de salud, por lo que planteó excepción de incompetencia en razón al territorio, dado que él radica en la ciudad de Santa Cruz y no puede trasladarse a aquella ciudad por que corre riesgo su vida; no obstante, la autoridad demandada, substanció la audiencia de consideración de la excepción interpuesta declarándola improbada y es de su conocimiento de manera extraoficial que se declaró su rebeldía y se libró en su contra mandamiento de aprehensión.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Inaplicabilidad de la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad tratándose de la tutela del derecho a la vida
- Por ello, a diferencia de la tutela a la libertad, y su condicionamiento del agotamiento previo de las instancias intraprocesales, para pedir su protección a través de este medio constitucional idóneo, eficaz e inmediato, respecto a la vida, su tutela puede ser solicitada de manera directa; es decir, que puede acudir a la jurisdicción constitucional, sin tener que agotar previamente la vía jurisdiccional
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo