SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1268/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1268/2015-S2

Fecha: 13-Nov-2015

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

Las abogadas representantes del accionante, ratificaron in extenso los términos expuestos en la demanda tutelar, enfatizando que, conforme a la SCP “217/2014”, toda lesión al debido proceso, en cualquiera de sus componentes, debe ser impugnada a través de la acción de libertad, y no así mediante la acción de amparo constitucional, siendo la primera de las anotadas, una garantía constitucional más expedita para su restablecimiento. Por otra parte, resaltaron que en el caso, existe incluso confesión de la autoridad demandada, respecto a la vulneración del derecho al juez natural, demostrando la vulneración invocada en la acción de defensa presentada.