SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1299/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1299/2015-S2

Fecha: 13-Nov-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante, a través de su representante, considera lesionados sus derechos al debido proceso y a la defensa, toda vez que en la audiencia de medida cautelar, por disposición del Juez, ahora demandado, habría sido asistido por un abogado del SEPDEP, el cual no era de su confianza y no conocía el proceso, habiéndose negado inclusive apelar verbalmente del Auto de detención preventiva, no obstante que le había solicitado que lo haga; actuación vulneradora que fue confirmada por los Vocales demandados, al resolver el recurso de apelación que planteó, sin reparar las lesiones causadas por el Juez inferior.