SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1305/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1305/2015-S2

Fecha: 13-Nov-2015

a)

Solicita se conceda la tutela, disponiendo: a) Se ordene la desocupación, entrega y restitución inmediata de los terrenos a su legítima propietaria Inmobiliaria ABEDULES S.A., bajo prevención de librarse mandamiento de desapoderamiento así como la inmediata demolición de las construcciones precarias, en ambos casos de ser necesario con el auxilio de la fuerza pública; y, b) Responsabilidad civil y penal de los demandados.

El abogado de Julián Pedro Yucra Ticona, expresó: a) Hay terceros interesados, y su persona se encuentra presente en representación de María Luisa Patiño Suazo, otra propietaria de terrenos del sector que tampoco ha sido notificada, en cuyos terrenos están asentados las anteriores tres personas, cuyos antecedentes cursan en el “Consejo de Reforma Agraria”; y, b) La Sociedad compró los terrenos a tres herederos Patiño, sin que intervenga una cuarta, cuya declaratoria de herederos aduce tenerla y a quien no le compraron su terreno, por lo que, es un derecho cuestionado, citando al efecto que el derecho propietario debe estar debidamente demostrado, no estar cuestionado o sujeto a controversia en relación a que los demandados estaban en posesión del bien inmueble, puesto que su representada fue negada por sus tres hermanos; sin embargo, tiene su derecho propietario consolidado por la declaratoria de herederos referida; por lo cual, no pueden tomar decisiones en esta audiencia de acción de amparo constitucional.