SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1305/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1305/2015-S2

Fecha: 13-Nov-2015

i)

Eugenio Cachi Villanueva, Wilson Nina Mamani y Juan Flores Flores, a través de su abogado, manifestaron: i) La Sociedad accionante ha interpuesto denuncia penal en su contra por los delitos de falsedad material e ideológica así como también la Alcaldía Municipal al tener inscrito también el derecho propietario sobre la misma superficie, además de que los acusa de haber entrado en colusión con dicha entidad municipal, pero no han denunciado el avasallamiento por lo que la sentencia constitucional que alude no es aplicable al caso, puesto que han cuestionado el derecho propietario del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, entidad que inició un procedimiento administrativo a efecto de identificar el derecho propietario, que está discutido; y, ii) La parte accionante tiene su derecho propietario en el vértice superior, y sus personas la posesión en el inferior y usufructo en función a compromisos con el Banco Mercantil Santa Cruz S.A., que tiene identificado su derecho propietario, es decir que ya existen tres entidades propietarias y además otro grupo denominado “Jardineros”, por lo que debieron haber notificados a los mismos como terceros interesados, al no hacerlo se les causa indefensión por lo que no se debería llevar a cabo la audiencia, y sus personas tienen un documento que los respalda y su asentamiento no puede ser cuestionado a través de esta acción constitucional porque tiene la posesión consolidada, a lo que se suma que no han presentado denuncia sobre el avasallamiento que tiene un procedimiento especial, por lo que se estaría ante el principio de subsidiaridad; solicitando por lo expuesto, se desestime la pretensión del contrario.