AUTO CONSTITUCIONAL 0339/2015-RCA
Fecha: 16-Dic-2015
II.3. Análisis del caso concreto
La accionante, señala que junto a su hermano y sus dos hijos menores fueron expulsados de la comunidad de Anacuri del departamento de La Paz, por autoridades del Sindicato Agrario de dicha comunidad, quienes les hicieron firmar la Resolución 001/2014, en la que se dispuso una serie de abusos y arbitrariedades en su contra, todo bajo el argumento de aplicar la justicia comunitaria; además, el 5 de febrero de 2015, les hicieron firmar un acta de garantías en favor de todos los comunarios; fueron tales los atropellos, que les arrebataron sus bienes se prohibió a abogados, jueces y fiscales a atender su caso y sobre todo los más afectados fueron sus hijos, a quienes se les vulneraron sus derechos, porque igualmente fueron privados de libertad a parte de recibir burlas en la escuela.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- I.
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- improcedencia “in límine”
- cuando en un caso concreto, exista una duda razonable sobre una lesión manifiesta y “grosera” a derechos fundamentales, en etapa de admisibilidad y en aplicación de los postulados del Estado Constitucional de Derecho, deben flexibilizarse ritualismos procesales para que en un análisis de fondo de la problemática, el control de constitucionalidad, mediante la metodología de la ponderación aplicable al caso concreto, pueda en esa problemática, asegurar una justicia material, admisión que encuentra fundamento constitucional en los arts. 13.I y III; 256 de la CPE y 29 Convención Americana sobre Derechos Humanos, disposiciones que constituyen la fuente normativa para la aplicación del principio pro-actione.
- II.3. Análisis del caso concreto
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