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    AUTO CONSTITUCIONAL 0340/2015-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0340/2015-RCA

    Fecha: 16-Dic-2015

    Fragmento 12

    Dentro de ese contexto, el Tribunal de garantías cuando resolvió con una causal de improcedencia reglada por el art. 53.2 del CPCo, en relación a los hechos descritos y su derecho vulnerado de acuerdo a su petición no observó la pretensión buscada por la accionante, quién solo impugna lo relativo a la excepción de prescripción como se manifestó precedentemente.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • improcedencia
    • I.5. Síntesis de la impugnación
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
    • contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir
    • en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de conocido el hecho
    • Fragmento 9
    • II.2.  Análisis de la Resolución elevada en revisión
    • 1)
    • Fragmento 12
    • II.3.

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