AUTO CONSTITUCIONAL 0340/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0340/2015-RCA

Fecha: 16-Dic-2015

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 4 de noviembre de 2015, cursante de fs. 46 a 58 vta., la accionante manifestó que, dentro del proceso disciplinario instaurado el “29” de julio de 2014, seguido a instancias de Juan Carlos Ramírez Flores y Daniel Apaza en su contra, por la presunta falta cometida en el art. 188.I.12 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), interpuso incidente por prescripción, debido a que la falta disciplinaria prescribió en la gestión 2011; sin embargo, mediante Auto definitivo 14/2015 de 29 de abril, se declaró improbada la misma, de acuerdo al art. 10 del Reglamento de Procesos Disciplinarios para la Jurisdicción Ordinaria y agroambiental, aprobada por el Consejo de la Magistratura mediante Acuerdo 75/2013; por lo cual, apeló dicha determinación, es así que, las autoridades demandadas emitieron la Resolución 216/2015 de 19 de junio, confirmando dicho Auto, argumentando haberse efectuado una correcta interpretación del cómputo del plazo de la prescripción, sin que dicha determinación contenga razón o justificación alguna; es decir, que se aplicaron erróneamente las normas, sin exponer las razones de hecho y derecho sobre los puntos recurridos en alzada de acuerdo a la prescripción además de realizar una inadecuada motivación.