Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0348/2015-RCA
Fecha: 22-Dic-2015
a)
Solicita se conceda la tutela, y se deje sin efecto: a) La Resolución “SD-AP N° 129/2015 de 24 de abril”, dictada por la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura del Estado Plurinacional de Bolivia; b) Se retire y no conste en su file personal la sanción impuesta de suspensión por un mes; y, c) Se determine la devolución de la totalidad de su salario ya que no se le remuneró como efecto de la injusta suspensión de sus funciones sin goce de haberes.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- a)
- rechazó” “in limine”
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses,
- en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o de notificado con la última decisión judicial o administrativa”
- principio de inmediatez
- principio de