Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0348/2015-RCA
Fecha: 22-Dic-2015
Fragmento 1
En revisión la Resolución 118/2015 de 24 de noviembre, cursante de fs. 145 a 147 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Agustín Flores Calle, Juez Técnico del Tribunal Segundo de Sentencia Penal del departamento de Oruro contra Cristina Mamani Aguilar y Roger Gonzalo Triveño Herbas, Consejeros de la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- a)
- rechazó” “in limine”
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses,
- en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o de notificado con la última decisión judicial o administrativa”
- principio de inmediatez
- principio de