AUTO CONSTITUCIONAL 0353/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0353/2015-RCA

Fecha: 24-Dic-2015

I.4. Resolución del Tribunal de garantías

La citada Sala constituida en Tribunal de garantías, por Resolución de 30 de octubre de 2015, cursante a fs. 24, admitió la presente acción de amparo constitucional contra “…Virginia Crespo, Willy Arias en su condición de Vocales de la Sala Penal Primera y Ángel Mendoza Monasterios Juez 4to Cautelar de El Alto…” (sic), en aplicación de los arts. 128 de la CPE; y, 35 del Código Procesal Constitucional (CPCo), señalando que las autoridades demandadas deberán presentar informe previsto por ley.

El 12 de noviembre de 2015 (fs. 28), la Sala mencionada supra emitió Auto en el que refiere que: “…se tiene que una de las autoridades accionadas es el Dr. Andrés Franz Zabaleta en su condición de Juez 4° de instrucción en lo Penal mismo que a la fecha ya no se encuentra prestando funciones en el juzgado 4° de Instrucción en lo Penal tal como se evidencia de las diligencias de notificación de fs. 26 y siendo que la presente acción emerge de una resolución por el que el Juez accionando rechaza la recusación planteado en su contra, tomando en cuenta que tal actuación es intuito persona se conmina a la parte accionante para que en el plazo de 48 horas señale el domicilio donde pueda ser habido la referida autoridad” (sic); a la vez, dejó sin efecto el señalamiento de audiencia de 30 de octubre del año indicado.