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    AUTO CONSTITUCIONAL 0363/2015-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0363/2015-RCA

    Fecha: 30-Dic-2015

    CONFIRMAR

    La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional; en virtud a lo establecido por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional; en revisión resuelve: CONFIRMAR la Resolución 348/2015 de 20 de noviembre, cursante a fs. 198 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • “improcedencia”
    • I.
    • NOTIFICADA LA ÚLTIMA DECISIÓN ADMINISTRATIVA O JUDICIAL
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • la activación de esta garantía jurisdiccional depende que su interposición se realice en un plazo razonable, que la Norma Fundamental fijó en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o de notificado con la última decisión judicial o administrativa
    • II.3.  Análisis de la Resolución elevada en revisión
    • CONFIRMAR

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