AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2015-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2015-O

Fecha: 02-Dic-2015

I.1. Contenido de la reiteración de la queja por incumplimiento

Mediante memorial de 21 de octubre de 2015, cursante de fs. 249 a 250 del dosier, los denunciantes expresaron que el Tribunal de garantías tiene la obligación de volver las cosas al estado anterior de efectuado el arbitrario desapoderamiento dispuesto; y, que hasta el momento no se cumplió de forma oportuna y pronta el fallo constitucional, debiendo restablecer el espacio físico del que fueron desapoderados con sus pertenencias, animales domésticos y de crianza.

A pesar del transcurso del tiempo y reclamos efectuados a los Vocales que componen el Tribunal de garantías, se resisten a atender en el fondo y forma; no obstante, a la ejecución determinada, misma que no se encuentra condicionada a evento futuro alguno; debiendo ser atendida de manera inmediata, obligatoria y prioritariamente ante cualquier otra situación jurídica.