Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2015-O
Fecha: 02-Dic-2015
SCP 1650/2014 de 29 de agosto
En la denuncia por demora e incumplimiento de la SCP 1650/2014 de 29 de agosto, presentada por Sarha Romero Ramos de Peloc, Felipe y Ana ambos Romero Ramos, Eleuteria Romero Ramos de Reyes y Juana Agripina Romero, dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Alejandro Andrés Ortega Castillo en representación legal de Ricardo Colodro Araoz y María Elena Colodro Velasco de Burry.
- SCP 1650/2014 de 29 de agosto
- I.1. Contenido de la reiteración de la queja por incumplimiento
- I.2. Petitorio
- II.1.
- II.2.
- III.1.
- El Tribunal Constitucional Plurinacional, a efectos de seguir las acciones civiles o penales derivadas del incumplimiento de sus decisiones, remitirá respectivamente, los antecedentes a la Procuraduría General del Estado, si corresponde, o al Ministerio Público
- la solicitud debió merecer
- devolución de antecedentes al Tribunal de garantías para su pronunciamiento
- conceder el plazo de setenta y dos horas para que una vez tome conocimiento el Tribunal de garantías del presente Auto Constitucional Plurinacional, se pronuncie con relación a lo dispuesto en el ACP 0014/2015-O de 21 de julio