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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1190/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1190/2015-S3

    Fecha: 02-Dic-2015

    acción de amparo constitucional

    En revisión la Resolución de 9 de junio de 2015, cursante de fs. 106 a 110 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Corina Alvaro Peña contra Jorge Mario Ponce Coca, Director Departamental de Educación de Cochabamba; Marco Antonio Vargas Pardo, Presidente del Tribunal Disciplinario; y, Felipe Jesús Marca Pita, Jefe de la Unidad de Asuntos Jurídicos, ambos de la Dirección Distrital de Educación Cochabamba 1.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • Fragmento 3
    • I.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • denegó
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa,
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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