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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1190/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1190/2015-S3

    Fecha: 02-Dic-2015

    I.2.3. Intervención de los terceros interesados

    Juanito Meneses Aquino, Sonia Gutiérrez Gutiérrez y Rey Fernando Aguayo Salazar, a través de su abogada, en audiencia, manifestaron que no pudo haberse violado ningún derecho de la accionante; por cuanto, el recurso de apelación estuvo planteado fuera de plazo, y si la última nombrada considera que su recurso fue rechazado incorrectamente, debió haber interpuesto recurso de compulsa.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • Fragmento 3
    • I.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • denegó
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa,
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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