SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1214/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1214/2015-S3

Fecha: 02-Dic-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal que se le sigue ante el Juzgado Sexto de Instrucción en lo Penal de El Alto del departamento de La Paz, se señaló audiencia de cesación a la detención preventiva para el 13 de julio de 2015, a horas 17:30; sin embargo, corridos los trámites de rigor y emitida la respectiva orden de conducción, se tiene una representación de la Auxiliar II de dicho Juzgado que señaló que el Coordinador de la Central de Notificaciones -ahora codemandado- no puede recibir y realizar “este acto” (se entiende la notificación con la orden de conducción) por no tener una data antigua de cinco días, invocando una supuesta disposición del Consejo de la Magistratura, cuyo tenor desconoce y del que se les niega hacer pública.