SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1222/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1222/2015-S3

Fecha: 02-Dic-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

A consecuencia de la denuncia interpuesta por la presunta comisión del delito de violencia familiar el 29 de abril de 2015 por María Laura Caballero Correa en su contra, se dio a conocer al Juez el inicio de la investigación el 30 de ese mes y año, fecha desde la cual, hasta el 8 de julio de igual año, transcurrieron dos meses y ocho días sin que se hubiese solicitado al Juez una ampliación en el plazo de la investigación, como manda el art. 301.I.2 del Código de Procedimiento Penal (CPP).

Una vez agotados los veinte días para efectuar las investigaciones preliminares, solicitó a la Jueza Primera de Instrucción Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer del departamento de Santa Cruz, conmine a la Fiscal encargada del caso para que emita su requerimiento conclusivo, habiendo dicha autoridad ordenado al Actuario que informe al respecto, siendo comunicado a la citada Jueza que la etapa preliminar concluyó dieciséis días atrás. En base a dicho informe, se expidió el Auto de 10 de junio de 2015, a través del cual se conminó a la Fiscal asignada a través del Fiscal Departamental para que en el plazo de cinco días, cumpla lo dispuesto por los arts. 300 y 301 del CPP.

El 16 de junio de 2015, la referida Fiscal, amplió el plazo y tomó declaraciones a los testigos de cargo, para luego proceder a citarle, por lo que ante tal situación presentó al Juez un escrito haciéndole notar la ilegalidad anotada. En espera de un pronunciamiento judicial, el miércoles 8 de julio, la Fiscal de Materia, libró mandamiento de aprehensión en su contra, pese a encontrarse vencida la etapa de investigación preliminar, configurándose en actuación ilegal, por consiguiente en una persecución ilegal, restringiéndole su derecho a la libre locomoción.