Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1228/2015-S1
Fecha: 07-Dic-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denunció como lesionado sus derechos al debido proceso, presunción de inocencia, remuneración justa y al ejercicio de sus derechos políticos; al considerar que, en reunión de directores del Consejo de Administración y de Vigilancia de COOPSAR Ltda. fue suspendida ilegalmente de su cargo de Directora y/o Consejera Titular del Consejo de Vigilancia, enviando por ello dos notas que fueron rechazadas de forma tácita al haberse convocado a su suplente.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- .
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.4. Jurisprudencia reiterada sobre la
- Fragmento 15
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17