SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1230/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1230/2015-S3

Fecha: 02-Dic-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra por la presunta comisión de los delitos de violación, abandono de mujer embarazada y abandono de niña, niño y adolescente, fue aprehendido mediante requerimiento fiscal emitido de oficio por el Fiscal ahora codemandado, el 3 de junio de 2015, sin haber tomado su declaración informativa ni haberse investigado de forma legal los citados delitos, incumpliendo así lo establecido en el art. 226 del Código de Procedimiento Penal (CPP).

Asimismo, la audiencia de consideración de medidas cautelares se celebró el 3 de junio de 2015 a puerta cerrada y sin cumplir con los elementos constitutivos para tal efecto se resolvió la aplicación de las medidas cautelares de carácter personal, por parte del Juez demandado, imponiéndole abusiva, ilegal y arbitrariamente la detención preventiva en el Centro Penitenciario de San Pedro, que conforme a lo señalado por el art. 232 del CPP, no procedía, puesto que la misma fue emitida sin ningún fundamento legal ni un análisis de las circunstancias y de los antecedentes procesales.