Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1247/2015-S3
Fecha: 09-Dic-2015
2°
2° Por Secretaría General de este Tribunal, remítase copia legalizada del presente fallo constitucional al Presidente del Consejo de la Magistratura para que a través de su Sala Disciplinaria inicie proceso disciplinario contra los miembros del Tribunal de garantías por la dilación incurrida en la tramitación de la presente acción tutelar.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración de la jurisprudencia constitucional relativa al derecho de petición, su alcance y los requisitos para ser tutelado
- Fragmento 8
- ) La respuesta al fondo de la petición de forma que resulte pertinente, debiendo efectuarla de manera fundamentada
- III.2. Análisis del caso concreto
- nueve meses después de la interposición de la acción tutelar
- el plazo de cuarenta y ocho horas
- 2°