SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1255/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1255/2015-S3

Fecha: 09-Dic-2015

II.2.

II.2.  El 1 de septiembre de 2014, el Jefe Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Santa Cruz, pronunció la conminatoria de reincorporación laboral JDTSC/CONM 085/2014, ordenando a la empresa demandada reincorporar al hoy accionante a su fuente laboral, manteniendo su antigüedad y demás derechos sociales, más el pago de haberes devengados (fs. 44 y vta.). Luego, el 23 del mismo mes y año, el ahora accionante pidió verificación de cumplimiento de la indicada conminatoria (fs. 23 y vta.), emitiéndose el informe JDTSC/UI/VER. REINC. /LAB. 019/2014 de 13 de octubre, señalando que no se reincorporó al accionante a su fuente de trabajo, debido a que se interpuso un recurso en dicha Jefatura (fs. 20 a 21). Consta que por memorial presentado el 23 de septiembre de 2014, la empresa demandada planteó recurso de revocatoria contra la conminatoria de reincorporación aludida (fs. 24 a 27).