SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1266/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1266/2015-S3

Fecha: 23-Dic-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 12 de diciembre de 2014, junto a David Gonzalo Bravo Mamani, plantearon demanda de rendición de cuentas contra Héctor Gallardo Ovando y otros, ante el Juzgado de Instrucción Mixto Cautelar de Villamontes del departamento de Tarija, en cuya prosecución el entonces demandado interpuso excepción de falta de acción y de derecho, afirmando que su persona no forma parte de la directiva del Sindicato de Micros “El Chaco” ni es socio, debido a que fue expulsado por cometer supuestamente actos irregulares, apoyando tal aseveración en la nota de 15 de septiembre del citado año, que indica: “…Que por resolución de dos Ampliados Departamentales fue expulsado de las filas del Sindicato, de la Federación y de la Confederación de Choferes de Bolivia…”(sic).

La nota presentada en el referido proceso es lesiva a sus derechos, por cuanto jamás fue oído ni vencido en proceso administrativo, civil, penal o laboral que diera lugar a su expulsión, menos fue notificado ni tuvo conocimiento del inicio de proceso alguno, por lo que no se le dio la oportunidad de presentar pruebas y desvirtuar los cargos formulados.