SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1266/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1266/2015-S3

Fecha: 23-Dic-2015

I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional

Mediante Auto interlocutorio 06/2015 de 3 de julio, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró la improcedencia de la acción de amparo constitucional (fs. 30 vta. a 31), mismo que fue impugnado por memorial presentado el 8 de julio de 2015 (fs. 33 a 34); ante lo cual, la Comisión de Admisión de este Tribunal, mediante Auto Constitucional 0207/2015-CA-S de 3 de agosto, dispuso anular el sorteo de este expediente para la Comisión de Admisión y en consecuencia, ordenó que la causa sea sorteada a una de las Salas del Tribunal Constitucional Plurinacional, llamando severamente la atención al Tribunal de garantías por haber inobservado el procedimiento establecido para el trámite de la presente causa (fs. 39 a 43), habiendo sido sorteado nuevamente el 13 de noviembre del año indicado (fs. 46), por lo que la presente Sentencia es pronunciada dentro de plazo.