SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1274/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1274/2015-S1

Fecha: 14-Dic-2015

II.7.

II.7.  En la parte considerativa de la Resolución de Consejo de Área A.C.B.N. 001/2014, se señala que la Resolución Vicerectoral 0017/2013, indica que el docente a tiempo completo de la UAP, deberá como mínimo ejercer dos asignaturas con una carga horaria de cuarenta y ocho; y, de treinta y dos horas al mes, haciendo un total de ochenta horas académicas  dedicadas a la docencia, y para completar las ciento sesenta horas a dedicación académica para el docente a tiempo completo, debe realizar investigación, interacción, actividades administrativas y producción intelectual del área señalada        (fs. 16).