SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1276/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1276/2015-S1

Fecha: 14-Dic-2015

i)

La accionante por intermedio de su abogado ratificó la acción de amparo constitucional in extenso y ampliándola, señaló que: i) Solicitó al Gerente General de ECOBOL, mediante notas adjuntas en ésta acción tutelar, la autorización de coadyuvar con la carga procesal que se tiene en los procesos coactivos fiscales, mas allá de las recargadas labores que tenía; probando ello, el compromiso para con la empresa hoy demandada; y, no así como trató de demostrar la parte demandante una supuesta ineficiencia; ii) El memorándum 071/2015, es un simple agradecimiento, dado que no explica las causales de despido que prevé el art. 16 de la Ley General del Trabajo (LGT); iii) Para que pudiese cesar una funcionaria que ingresó por méritos propios, debió realizarse previamente un proceso administrativo; y, iv) En el mes de octubre recibió certificado de felicitación en reconocimiento y gratitud a la constancia por los años de servicio prestados como funcionaria postal, mismo que fue emitido por la Gerencia General de ECOBOL.