SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1276/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1276/2015-S1

Fecha: 14-Dic-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Mediante memorándum 091/2012 de 9 de marzo, fue designada como funcionaria postal de ECOBOL, cargo que desempeñó sin ningún tipo de observaciones; posteriormente, en la gestión 2015, por Resolución Gerencial 002/2015 de 5 de enero, se la nombró como Juez Sumariante, hasta que el 7 de abril de igual año, Luis Alberto Paz Soldán Martinic, Gerente General de la empresa señalada, emitió memorándum 071/2015, de agradecimiento de servicios, sin justificativo alguno ni normativa legal para esa determinación.

El 8 de abril de 2015, debido al despido “ilegal e injusto”, interpuso representación al memorándum citado con anterioridad, obteniendo única contestación verbal del mencionado Gerente General y el Jefe de Recursos Humanos, ambos de la aludida empresa, que esa decisión se debió a cuestiones políticas. Motivo por el cual, denunció ante La Jefatura Departamental de Trabajo Empleo y Previsión Social de La Paz, el despido injustificado, solicitando su reincorporación; notificándose a la Gerencia General de ECOBOL, para audiencia de conciliación, celebrándose ésta el 20 del mismo mes y año; y, ante la inasistencia de los referidos se dictó Conminatoria de Reincorporación J.D.T.L.P./D.S. 0495/JFLG/ 023/2015 de 4 de mayo, misma que fue notificada en el día a la empresa demandada; sin embargo, incumplieron tal apercibimiento, conforme al informe de verificación de cumplimiento emitido por el inspector de trabajo de la Jefatura ut supra.