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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1289/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1289/2015-S1

    Fecha: 22-Dic-2015

    III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

    La entidad accionante por medio de sus representantes denunció la violación del derecho al debido proceso en su elemento de la debida fundamentación, motivación y falta de congruencia; y, valoración de la prueba, por cuanto los Magistrados ahora demandados de la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, dictaron Auto Supremo 466 de 8 de diciembre de 2014, aplicando indebidamente el art. 14 del DS 27543.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • ’En caso de inexistencia de planillas y comprobantes de pago en los archivos del SENASIR, del periodo comprendido entre enero de 1957 y abril de 1997, el SENASIR certificara los aportes con los documentos que cursa en el expediente del asegurado, a la fecha de la publicación del presente Decreto Supremo bajo presunción de juris tantum
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.  Sobre el derecho al debido proceso
    • III.3.  Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones como     componente del debido proceso
    • III.4.  El principio de congruencia
    • III.5.  Valoración de la prueba
    • III.6. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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