Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1299/2015-S1
Fecha: 22-Dic-2015
II.2.
II.2. El 18 de diciembre de 2014, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Auto de Vista 323, declaró admisibles y procedentes las apelaciones interpuestas por el Ministerio Público y por el querellante ENFE R.O. y deliberando en el fondo revocó el Auto 145/14 de 17 de septiembre de 2014, disponiendo la continuación de la acción penal conforme a derecho (fs. 25 a 27 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 13
- III.2.De la acción de amparo constitucional
- III.3. Del debido proceso: Elementos de fundamentación y motivación que le son inherentes
- III.4.Análisis del caso concreto
- REVOCAR