Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1320/2015-S1
Fecha: 28-Dic-2015
acción de libertad
En revisión la Resolución de 14 de agosto de 2015, cursante de fs. 86 a 88 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Nora Aranibar Calle de Coria en representación sin mandato de Milton Jamil Coria Aranibar contra Gastón Martin Osorio Oporto, Director; y, Gladys Soria Galvarro de Cuellar, Jefa a.i. de Trabajo Social ambos del Hospital Clínico “Viedma” de la ciudad de Cochabamba.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- Fragmento 11
- por ningún motivo se puede imponer una sanción privativa de libertad por deudas y obligaciones patrimoniales, excepto en los casos establecidos por ley debidamente justificados en razón a la protección de un bien jurídico mayor
- III.5.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR