Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1320/2015-S1
Fecha: 28-Dic-2015
II.1.
II.1. El 7 de agosto de 2015, Nora Aranibar Calle de Coria, por nota dirigida al Director del Hospital Clínico “Viedma”, solicitó el alta voluntaria y condonación de deuda, por los servicios prestados a su hijo Milton Jamil Coria Aranibar; misma que fue presentada por Edder George Terceros Gabriel, Notario de Fe Pública de Primera Clase, ante la Secretaría del mencionado nosocomio (fs. 2 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- Fragmento 11
- por ningún motivo se puede imponer una sanción privativa de libertad por deudas y obligaciones patrimoniales, excepto en los casos establecidos por ley debidamente justificados en razón a la protección de un bien jurídico mayor
- III.5.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR