Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1321/2015-S1
Fecha: 28-Dic-2015
Fragmento 2
Con el dato citado, el investigador indicado, el 3 de junio de 2015, se constituyó empero a otro domicilio que no es el suyo, y dejó la copia de la notificación; ante ello, al no haberse hecho presente el día y hora señalado para la declaración, el Fiscal de Materia demandado el 7 de julio del año referido, libro la orden de aprehensión en su contra, ordenando a cualquier funcionario público no impedido, proceda a aprehenderlo y lo conduzca a dependencias de la Fiscalía Departamental de La Paz, razón por la cual, al estar indebidamente perseguido, se encuentra alojado en casa de sus amigos.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- Fragmento 2
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.3. Sobre la subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- Si antes de existir imputación formal, tanto la Policía como la Fiscalía cometieron arbitrariedades relacionadas al derecho a la libertad física o de locomoción,
- Fragmento 14
- III.4.
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- CONFIRMAR