Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1329/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1329/2015-S2

    Fecha: 16-Dic-2015

    II.2.

    II.2.    Mediante memorial de 8 de diciembre de 2014, el impetrante de tutela planteó incidente de nulidad de notificación por cuanto las sentencias y resoluciones de carácter definitivo deben ser notificadas de forma personal y no mediante cedula, hecho que le impidió recurrir en apelación restringida, contra la Sentencia 012/2014 (fs. 15 a 18 vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 10
    • III.1.  La tutela del derecho al debido proceso, a la defensa a través de la acción de amparo constitucional
    • III.2.   La notificación con resoluciones de carácter definitivo deben efectuarse en forma personal
    • III.3.   Análisis del caso concreto

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca