SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1357/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1357/2015-S2

Fecha: 16-Dic-2015

denegó

La Sala Civil Mixta de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Domestica Pública del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 024/2015 de 4 de agosto, cursante de fs. 314 a 316 vta., denegó la acción de amparo constitucional, fundando su Resolución en los siguientes puntos: 1) El Director General de SENASAG, amparado en los DDSS 25729 y 26215 y memorándum de 30 de abril de 2015, hizo conocer a Orlando Porfidio Choque Paredes, que a partir del 1 de mayo de 2015, concluía su relación contractual, por no haber alcanzado la nota mínima en su evaluación de desempeño laboral y en consecuencia incumplido el art. 16 del Reglamento Interno; 2) Realizado de forma armónica el cotejo de las papeletas de pago de diciembre de 2014 a febrero de 2015, ciertamente se coligió que el accionante se hallaba ligado laboralmente con el SENASAG, en similar sentido, se constató la existencia de una menor de edad, cuya inscripción data del 1 de marzo 2015, menor que tiene como progenitor al nombrado accionante; 3) El contrato de 1 de diciembre de 2015, suscrito entre Mauricio Samuel Ordoñez Castillo, Director General Ejecutivo de SENASAG y la parte accionante, en su cláusula sexta describe que dicha relación laboral tendrá una duración desde la indicada fecha hasta el 30 de abril de 2015; es decir dicho documento, al ser un contrato administrativo eventual, no está obligado a reconocer beneficios sociales y otros derechos que emane de la Ley General del Trabajo. Por su parte, la cláusula décima, dispone que de acuerdo al art. 569 del Código Civil (CC), ambas partes podrán resolver dicha relación contractual por conclusión del mismo; y, 4) Compulsadas y valoradas las mencionadas pruebas, se colige que el accionante, no obstante a que tiene el status de trabajador con contrato administrativo eventual, goza de protección y resguardo, por cuanto se halla ligado a un documento idóneo.