Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1362/2015-S2
Fecha: 16-Dic-2015
concedido en parte
En consecuencia, la situación planteada se encuentra dentro de las previsiones del art. 128 de la CPE, por lo que el Tribunal de garantías, al haber concedido en parte la tutela con relación al ex Director Técnico del SEDES La Paz y denegarla con relación al actual y ex Juez Sumariante, y al Director Técnico demandados, ha efectuado una correcta compulsa de los antecedentes procesales y aplicación al citado precepto constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1.2.3. Intervención de la tercera interesada
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Debido proceso y la fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.2.
- Fragmento 14
- concedido en parte
- Fragmento 16