SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1362/2015-S2
Fecha: 16-Dic-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega la vulneración sus derechos al debido proceso en sus elementos fundamentación, congruencia y omisión en la valoración de la prueba, a la defensa, al trabajo, a la petición; toda vez, que dentro del proceso administrativo interno seguido por el SEDES La Paz en su contra; el Auto inicial de proceso, la Resolución final y las Resoluciones de los recursos de revocatoria y jerárquico, fueron dictadas omitiendo la valoración de los elementos probatorios, sin la debida fundamentación, motivación y congruencia que debe contener toda resolución sea judicial y administrativa; a lo que se suma que las dos últimas Resoluciones no se pronunciaron expresamente sobre todos los agravios expuestos; además de no haber dado respuesta a su petición de la nulidad de obrados y la excepción de prescripción que presentó.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1.2.3. Intervención de la tercera interesada
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Debido proceso y la fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.2.
- Fragmento 14
- concedido en parte
- Fragmento 16