SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1370/2015-S2
Fecha: 16-Dic-2015
II.1.
II.1. Contrato de prestación de servicios suscrito entre Oscar Arias Villanueva y el Gobierno Autónomo Municipal de Oruro de: i) 4 de enero de 2011, a través del cual fue contratado como Auxiliar de la Unidad de Auditoria Interna desde el 1 de julio al 31 de diciembre de igual año (fs. 18); ii) 3 de enero de 2012, mediante el cual se lo contrató como Auxiliar de la Unidad de Adquisiciones, cuya fecha de vigencia es desde la referida fecha hasta el 31 de diciembre del citado año (fs. 19); iii) 7 de enero de 2013, por el que fue contratado como Auxiliar de la Unidad de Adquisición desde la citada fecha hasta el 31 de diciembre del mismo año (fs. 20); y, iv) 13 de enero de 2015, mediante el cual se contrata los servicios del accionante como Asistente de la Unidad de Adquisiciones (fs. 21).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Respecto a la incorporación de los trabajadores municipales a la Ley General del Trabajo, en el marco de la Ley 321
- solo deben pactarse en forma excepcional en aquellos casos en que el empleador por la naturaleza del trabajo requiera de uno o varios trabajadores para efectuar trabajos transitorios breves o provisionales
- Se prohíbe más de dos contratos a plazo fijo
- Fragmento 15
- se estructura el nuevo órgano ejecutivo a través del DS 29894 de 7 de febrero de 2009 cuyo art. 86 inc g), confiere atribuciones al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social a prevenir y resolver los conflictos individuales y colectivos emergentes de las relaciones laborales;
- trabajadora o un trabajador, ante un eventual retiro intempestivo sin causa legal justificada opte por su reincorporación, deberá denunciar este hecho ante las Jefaturas Departamentales de Trabajo;
- la atribución de emitir conminatorias de reincorporación a fuentes de trabajo otorgadas al Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, a través de sus diferentes Jefaturas Departamentales de Trabajo, en aplicación del DS 0495, se circunscriben únicamente aquellas relaciones laborales que se encuentran dentro del ámbito de protección de la Ley General del Trabajo y en aquellos casos en que el empleador de manera unilateral y sin previo proceso interno incurre en un despido intempestivo sin causa legal justificad
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo