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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1433/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1433/2015-S2

    Fecha: 23-Dic-2015

    derecho al debido proceso

               En este mismo sentido el art. 115 de la CPE, señala: “I. Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos. II. El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones” (las negrillas son nuestras).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concede
    • II.1.
    • II.3.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 11
    • derecho al debido proceso
    • celeridad
    • Fragmento 14
    • Fragmento 15
    • El Tribunal de apelación resolverá, sin más trámite y en audiencia, dentro de los tres días siguientes de recibidas las actuaciones, sin recurso ulterior”
    • Fragmento 17
    • CONFIRMAR en todo

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