Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1438/2015-S2
Fecha: 23-Dic-2015
CONFIRMAR en todo
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia; los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.1 del Código Procesal Constitucional, en revisión, resuelve: CONFIRMAR en todo la Resolución de 28 de agosto de 2015, cursante de fs. 9 a 10, pronunciada por los Vocales de la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, y, en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- concedió
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Las facultades de la Policía Boliviana para limitar el derecho a la libertad
- III.2. Sobre la privación de libertad indebida
- no puede considerarse, de ninguna manera, excepto en los casos en los que se haya dado aviso de una investigación, o si no se dio aviso, que exista vinculación con la presunta comisión de un delito que la pretensión de tutela al derecho a la libertad personal sea conocida y resuelta previamente por un Juez cautelar de turno, asignándole a la acción de libertad un carácter subsidiario que no corresponde a su naturaleza
- III.3. Formalidades legales que deben cumplirse para dar curso con el arresto
- III.4. El acceso directo a la justicia constitucional en casos no vinculados a la comisión de un delito
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo