SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1478/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1478/2015-S2

Fecha: 23-Dic-2015

1)

Haciendo uso del derecho a la réplica expresó: 1) No se puede decir que un delito deriva de otro, siendo abogados sabemos que los delitos son figuras jurídicas separadas y autónomas; por ejemplo, el delito de violación que termine en asesinato no quiere decir que son el mismo delito; en este caso, el delito de legitimación de ganancias ilícitas fue investigado por la Unidad de Anticorrupción; y, 2) Se está manejando la falsedad, la mentira y la plata, el demandado fue a su casa llorando a pedirle que no revoque el poder y le pidió que le espere tres días pero después presentó el documento con la firma; sin embargo, en la Notaría de Fe Pública hay otros documentos con reconocimiento de firmas y ahí se verifica que la firma es otra, ahí se da el delito de falsedad porque nunca dio poder, nunca fue a la Notaría de Fe Pública que dicen los de la parte contraria, todo es falso, los mismos papeles compraron de otra Notaría de Fe Pública; asimismo, falsificaron cédulas de identidad.