Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SETENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1322/2015-S2
Fecha: 16-Dic-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, alega la vulneración de sus derechos al trabajo y a la estabilidad laboral, toda vez que, fue despedida sin justificativo alguno, por lo que, el 14 de noviembre de 2014, acudió a la Jefatura Departamental del Trabajo de La Paz, quien pronunció a su favor la conminatoria de reincorporación a su fuente laboral D.T.L.P./D.S. 0495/FTMB 005/2015 de 3 de febrero; no obstante, la parte demandada incumplió la conminatoria de reincorporación de carácter obligatorio emitida por el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social aquello, no siendo a la fecha fue restituida.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- REVOCAR
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia consolidada sobre actos consentidos libre y expresamente en acción de amparo constitucional
- si ha sido admitido y consentido por el interesado en un primer momento, aún cuando después lo denuncie y pretenda la protección, pues este Tribunal no puede estar a disposición de la indeterminación de ninguna persona, dado que ello sería provocar una incertidumbre en los actos jurídicos, que conforme al ordenamiento jurídico sustantivo como procesal tienen sus efectos inmediatos
- III.2. Análisis del caso concreto
- firmada previa conformidad por las partes el 19 de septiembre de 2013
- Fragmento 16