Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0031/2015-RCA
Fecha: 06-Feb-2015
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 306/2014 de 10 de noviembre, cursante de fs. 26 a 27, pronunciada por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- improcedencia “in limine”
- i)
- II.1. Del marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- II.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR