Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0038/2015-RCA
Fecha: 09-Feb-2015
a)
Solicita se admita y se conceda la tutela de la acción de amparo constitucional y en consecuencia: a) Se deje sin efecto la Resolución 263/2014 de 30 de junio; b) Se restituya sus derechos y garantías constitucionales; c) Se disponga se emita nueva Resolución; d) Pago de sus haberes por los días que fue suspendido, reajuste y pago de sus aguinaldos; y, e) Sancione con costas y daños y perjuicios.
- acción de amparo constitucional
- la suspensión del ejercicio de sus funciones por un mes, sin goce de haberes
- probada la denuncia por la falta “perder documentos de la oficina que hayan llegado a su poder en razón de sus funciones”, sancionándolo con la suspensión del ejercicio de sus funciones por un mes, sin goce de haberes
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- improcedencia “in limine”
- i)
- II.1. Del marco normativo constitucional y legal
- inmediatez
- II.2. De los actos consentidos libre y expresamente
- actos consentidos libre y expresamente
- II.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR