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    AUTO CONSTITUCIONAL 0038/2015-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0038/2015-RCA

    Fecha: 09-Feb-2015

    II.1.    Del marco normativo constitucional y legal

    El art. 128 de la CPE, dispone que: “La Acción de Amparo Constitucional tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman, o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley”. 

    • acción de amparo constitucional
    • la suspensión del ejercicio de sus funciones por un mes, sin goce de haberes
    • probada la denuncia por la falta “perder documentos de la oficina que hayan llegado a su poder en razón de sus funciones”, sancionándolo con la suspensión del ejercicio de sus funciones por un mes, sin goce de haberes
    • I.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • improcedencia “in limine”
    • i)
    • II.1.    Del marco normativo constitucional y legal
    • inmediatez
    • II.2.    De los actos consentidos libre y expresamente
    • actos consentidos libre y expresamente
    • II.3.    Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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