Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0077/2015-CA
Fecha: 26-Feb-2015
II.1. Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
Se demanda la inconstitucionalidad de los arts. 38 del Reglamento de Administración y Control de Personal del Órgano Judicial, aprobado por Acuerdo 121/2012; 26.I del Reglamento de Procesos Disciplinarios para la Jurisdicción Ordinaria y Agroambiental, aprobado por Acuerdo 75/2013; y, Acuerdo “156/2012” emitidos por la Sala Plena del Consejo de la Magistratura; y, 184.III de la LOJ, por ser presuntamente contrarios a los arts. 115, 116 y180 de la CPE.
- Juez Segundo Disciplinario de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de La Paz en suplencia legal del Primero
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- II.1. Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- se promueve la acción
- RATIFICAR