AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2015-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2015-O

Fecha: 26-Feb-2015

dispuso que los demandados acrediten el cumplimiento de las Resoluciones emitidas en la acción de amparo constitucional, en forma idónea dentro del quinto día de su legal notificación

En ese contexto, en cumplimiento a la citada Resolución 09/13, las autoridades demandadas, el 10 de junio de 2013, presentaron memorial dirigido a la Jueza de garantías, donde manifestaron haber dado respuesta a la petición de 7 de febrero de 2013, formulada por el accionante, -la misma que dio origen a la presente acción tutelar-, mediante oficio de 27 de igual mes y año, donde le solicitaron subsanar una observación efectuada previo a considerar su solicitud. Posteriormente, en virtud al memorial de 17 de octubre de 2014 presentado por el accionante, la Jueza Cuarta de Partido y Sentencia de la ciudad de El Alto, mediante Auto de 27 de octubre de 2014, dispuso que los demandados acrediten el cumplimiento de las Resoluciones emitidas en la acción de amparo constitucional, en forma idónea dentro del quinto día de su legal notificación; producto de aquello, la parte demandada presentó un memorial el 24 de noviembre del mismo año, en respuesta al merituado Auto, manifestando haber dado cumplimiento a lo ordenado, de conformidad al art. 24 de la Norma Suprema; más adelante, a mérito de la solicitud por parte del Tribunal Constitucional Plurinacional, dirigido a la Jueza de garantías, sobre la emisión de un Auto expreso con relación a la queja planteada por la parte accionante, dicha autoridad emitió un informe en el que concluyó que, inmediatamente se pronunció la Resolución 09/13, se dio cumplimiento al art. 129 de la CPE, con relación al art. 16.I del CPCo, agregando además que el accionante acudió a la vía ordinaria por desobediencia a resoluciones en procesos de hábeas corpus y amparo constitucional, acreditado mediante requerimiento Fiscal de 12 de agosto de 2013.